Condiciones generales United Brands Group

ARTÍCULO 1. | DEFINICIONES
A lo largo de estas condiciones generales, los siguientes términos se utilizarán en el siguiente orden, a menos que se indique lo contrario por la naturaleza o el propósito de las disposiciones resultantes.
1. UBG: United Brands Group Holding BV y todas sus filiales directas: UBG Retail B.V., UBG Promotional B.V., UBG Global B.V. con domicilio social en Wethouder van Haperenstraat 40, 4813 AM, Breda, inscritas en el Registro Mercantil con los números de la Cámara de Comercio 69459150, 63465086, 69465800 & 67339182.
2. Contraparte: la persona física o jurídica con la que UBG ha establecido o pretende establecer un acuerdo.
3. Consumidor: la contraparte descrita en el apartado 2, persona física, que no actúa en el ámbito de una profesión u organización.
4. Acuerdo: todo acuerdo establecido entre UBG y la contraparte con el que UBG se ha comprometido a la venta y entrega de bienes hacia la contraparte.
5. Acuerdo a distancia: el acuerdo, tal y como se describe en el apartado 4, que se ha celebrado entre UBG y el consumidor como parte de un sistema organizado de venta a distancia sin ausencia personal simultánea de UBG y el consumidor, y en el que hasta el momento de la celebración únicamente se ha hecho uso de uno o varios medios de comunicación a distancia. Por lo tanto, un contrato no es un contrato a distancia a menos y en la medida en que UBG no haya hecho uso de sistemas de venta organizados, por ejemplo, cuando el consumidor encuentra los datos de contacto de UBG en Internet y realiza un pedido por teléfono.
6. Mercancía: toda, en el ámbito del acuerdo entre UBG y la contraparte, mercancía a vender. Por ejemplo, pero no limitado a, barbacoas, cubiertas, barriles y/u otros accesorios.
7. Escrita: tanto la comunicación escrita tradicional como la comunicación digital que debe guardarse en un soporte duradero, como la comunicación por correo electrónico.
8. Derecho de rescisión: posibilidad legal que se ofrece al consumidor de rescindir el contrato a distancia en un plazo de 14 días a partir de la recepción de los bienes.

ARTÍCULO 2. | CONDICIONES GENERALES
1. Las presentes condiciones generales se aplican a todas las ofertas de UBG y a todos los contratos suscritos.
2. Se rechazará expresamente la aplicabilidad de las condiciones de compra y otras condiciones de la contraparte.
3.  Las disposiciones de estas condiciones generales sólo puede posible desviarse a menos que se notifique por escrito.
4. La destrucción o nulidad de una o varias de estas disposiciones no conlleva la invalidez del resto de los términos pactados en el acuerdo. Las partes se someten a negociaciones para ajustar los términos y establecer subsidiariedades. Al hacerlo, deben tenerse en cuenta el objetivo y el alcance de los términos iniciales. 

ARTÍCULO 3. | OFERTA Y REALIZACIÓN DEL ACUERDO
1. Salvo que se establezca un plazo de aceptación, toda oferta de UBG se considera libre de compromiso.
2. La contraparte no podrá derivar derecho alguno de una oferta de UBG que contenga un error o equivocación aparente.
3. La contraparte tampoco podrá derivar derecho alguno de una oferta de UBG que se base en datos incorrectos o incompletos facilitados por la contraparte.
4. Un acuerdo se celebrará tras la oferta y la aceptación, salvo indicación contraria de UBG. En caso de que la aceptación de la contraparte difiera de la oferta de UBG, el acuerdo no se materializará hasta que UBG lo acepte. Un pedido realizado a través de una tienda web será confirmado por correo electrónico por o en nombre de UBG.
5. En caso de distribución de la confirmación de pedido de UBG a la contraparte, dicha confirmación se considerará veraz y completa. La contraparte no podrá declarar su carácter incompleto o incorrecto salvo notificación a UBG en un plazo de 48 horas a partir de la puesta a disposición.
6. Las ofertas de precio compuesto no obligan a UBG a cumplir la oferta parcial a una parte correspondiente del precio declarado.
7. Si la contraparte celebra el acuerdo en nombre de otra persona física o jurídica, ésta declara al celebrar el acuerdo estar autorizada. La contraparte, así como esta persona física o jurídica, responderán solidariamente del cumplimiento de las obligaciones del acuerdo.

ARTÍCULO 4. | PERÍODOS
1. UBG se esfuerza por respetar los plazos de entrega acordados entre UBG y la contraparte. No obstante, todos los plazos de entrega indicados por UBG sólo podrán considerarse como plazos indicativos, no fatales. El incumplimiento de las tareas de UBG no se inicia hasta que la contraparte haya notificado por escrito su incumplimiento. La contraparte deberá conceder a UBG un plazo razonable para el cumplimiento de lo acordado y, una vez transcurrido dicho plazo, el cumplimiento seguirá sin producirse.
2. Los plazos de entrega no comenzarán hasta que UBG haya recibido todos los datos necesarios de la contraparte.

ARTÍCULO 5. | PEDIDOS PERSONALIZADOS
1. Este artículo puede aplicarse en la medida en que el acuerdo se refiera a la entrega de bienes personalizados de acuerdo con las especificaciones facilitadas por la contraparte, sin perjuicio de lo dispuesto en las restantes condiciones generales.
2. La contraparte es responsable de suministrar a UBG toda la información pertinente, archivos de datos y otros detalles con la rapidez que requiera el pedido. La contraparte deberá entregar esta información en la forma prescrita por UBG. En caso de que UBG solicite a la contraparte que suministre la información de una manera prescrita, la contraparte deberá cumplir dichas prescripciones.
3. El producto final puede desviarse de las especificaciones acordadas en la oferta, acuerdo y/o diseños conceptuales proporcionados por la contraparte en puntos subordinados. Se consideran puntos subordinados, entre otros, todas las desviaciones menores en las especificaciones (color y dimensiones) de los productos que no sean razonablemente incriminatorias para la contraparte y, por lo tanto, deban ser razonablemente toleradas. La presencia de tales desviaciones subordinadas no permite a la contraparte suspender el acuerdo, disolverlo (parcialmente) o reclamar una indemnización por daños y perjuicios o cualquier otra compensación. Las desviaciones, en cualquier circunstancia, que razonablemente no afecten al valor útil de los bienes entregados, se consideran de menor importancia.

ARTÍCULO 6. | ENTREGA DE MERCANCÍAS
1. Salvo acuerdo en contrario, la entrega de las mercancías tendrá lugar por o en nombre de la contraparte en el lugar especificado por UBG. 
2. UBG se reserva el derecho de entregar el pedido por lotes.
3. A menos que se acuerde explícitamente lo contrario, el riesgo de pérdida y deterioro de los bienes recaerá en manos de la contraparte desde el momento en que los bienes hayan sido recibidos por la contraparte o en su nombre. En el caso de un pedido de un consumidor, el riesgo de pérdida y deterioro estará en manos del consumidor desde el momento en que los bienes hayan sido recibidos por el consumidor o en su nombre.
4. En caso de sobrepasar el plazo de entrega acordado, la contraparte no tendrá nunca derecho a rechazar la entrega o a rechazar su obligación de pagar el precio de venta acordado.
5. En caso de que la mercancía no haya sido entregada como consecuencia de actividades imputables a la contraparte, UBG mantendrá a la contraparte responsable de los costes y riesgos que se hayan originado debido a las actividades imputables a la contraparte.
6. En caso de que la contraparte rechace la entrega de la mercancía o incurra en cualquier otro tipo de negligencia a la hora de aceptar la mercancía, la contraparte deberá informar a UBG sobre una fecha de entrega alternativa. Este plazo nunca será superior a un mes a partir de la notificación efectuada a UBG por la contraparte. UBG tendrá derecho a rescindir el contrato si la contraparte no acepta la mercancía tras la fecha de entrega sustitutiva, sin perjuicio de la obligación de la contraparte de pagar el precio de compra acordado y los gastos de almacenamiento de la mercancía.
7. En caso de que UBG, al aplicar los párrafos 4, 5 ó 6, incurra en costes causados por negligencia de la contraparte, ésta deberá hacerse cargo de dichos costes.

ARTÍCULO 7. | INSPECCIÓN Y RECLAMACIONES
1. La contraparte debe inspeccionar la mercancía entregada inmediatamente después de la entrega. La contraparte comprobará si el tipo y la cantidad de la mercancía se corresponden con lo acordado. En caso de que el tipo y la cantidad de la mercancía entregada no se correspondan con lo acordado, la contraparte deberá notificarlo inmediatamente a UBG. En caso de deficiencias no visibles, la contraparte deberá informar en un plazo de siete días a partir del momento en que haya tenido conocimiento de la existencia del defecto. O bien, si razonablemente hubiera podido tener conocimiento, notificarlo a UBG.
2. En caso de que la contraparte no reclame a tiempo, UBG no tiene la obligación de tomar en consideración la reclamación.
3. Incluso en el caso de que la contraparte reclame a tiempo, la contraparte está obligada a completar el pago acordado a tiempo.
4. Las disposiciones del presente artículo no afectarán a lo dispuesto en la última frase del apartado 6 del artículo 14.

ARTÍCULO 8. | GARANTÍA
1. UBG únicamente suministra productos con garantía en la medida en que UBG lo haya indicado expresamente.
2.  La garantía ofrecida por UBG en nombre del productor o importador del bien no afecta a los derechos legales obligatorios y a las reclamaciones que UBG debe cumplir frente al consumidor.
3.  Cualquier garantía proporcionada será nula en caso de que el daño del bien sea causado por negligencia de otra parte que no sea UBG y UBG no podrá ser considerada responsable. Esto incluye defectos no limitantes como resultado de daños, tratamiento incorrecto o inadecuado, uso en conflicto con las instrucciones, u otras instrucciones por o en nombre de UBG, y reparaciones que no hayan sido realizadas por o en nombre de UBG, o después de que UBG haya dado instrucciones para hacerlo.
4. La mercancía no podrá ser devuelta en ningún caso sin la autorización previa por escrito de UBG.
5. Los cañones vendidos por UBG están destinados inicialmente a diversas industrias, por lo que las pequeñas abolladuras y arañazos no están incluidos en la garantía.

ARTÍCULO 9. | DERECHO DE RESCISIÓN EN UN CONTRATO A DISTANCIA
1. Sin perjuicio de lo dispuesto en la otra parte de este artículo y en el artículo siguiente, el consumidor puede rescindir el contrato sin alegar motivo alguno en un plazo de 14 días a partir de la entrega.
2. El consumidor que desee hacer uso del derecho de rescisión podrá disolver el acuerdo a distancia por correo electrónico o utilizando el formulario que puede facilitarle UBG. Una vez entregada la solicitud en UBG, y si la solicitud cumple las condiciones, UBG disolverá el acuerdo a distancia mediante notificación por escrito (o por correo electrónico).
3. Durante el periodo indicado en el apartado 1, el consumidor deberá manipular con cuidado los bienes y su embalaje. El consumidor sólo está autorizado a desembalar y utilizar el producto en la medida en que sea necesario para evaluar el tipo y la cantidad de los bienes entregados. El principio es que el consumidor sólo puede inspeccionar y comprobar el producto y su embalaje como se supone que debe hacerlo en una tienda física.
4. En caso de que el consumidor haga valer su derecho de rescisión, deberá devolver a UBG los bienes sin daños, completos y en su estado y embalaje originales.
5. El consumidor será responsable de la pérdida de valor de los bienes debida a una negligencia del consumidor que vaya más allá de las disposiciones descritas en el apartado 3. UBG se reserva el derecho de cargar al consumidor cualquier pérdida de valor o de deducirla del reembolso inicial.
6. La devolución de la mercancía deberá efectuarse en un plazo de 14 días a partir de la confirmación de la rescisión en un contrato a distancia por parte de UBG.
7. En caso de que un consumidor haga valer su derecho de recisión, los gastos de devolución correrán a cargo del consumidor.
8. UBG completará el reembolso de los pagos recibidos menos cualquier pérdida de valor lo antes posible, pero seguramente en un plazo de 14 días tras la rescisión del contrato, a menos que los bienes hayan sido recibidos por UBG o que el consumidor disponga de una prueba de devolución por parte del transportista. En caso de que el consumidor haga uso de su derecho de rescisión para una parte de su pedido inicial, los gastos de entrega no serán reclamados.

ARTÍCULO 10. | EXCLUSIÓN DEL DERECHO DE RESCISIÓN
El consumidor no tiene derecho de rescisión en:
a. una compra relativa a la entrega, de acuerdo con las especificaciones dadas por el consumidor, de bienes manufacturados que no son prefabricados y que se producen en función de una elección o decisión individual tomada por el consumidor, o que obviamente se producen para una persona concreta;
b. una compra relativa a bienes que no son aptos para ser devueltos, debido a la protección de la salud o la higiene, y cuyo precinto se ha roto;
c. un acuerdo a distancia del que se excluye el derecho de recisión según el Artículo 6 párrafo 5.2B del Código Civil.

ARTÍCULO 11. | FUERZA MAYOR
1. UBG no podrá ser considerada responsable del cumplimiento de ninguna de las obligaciones derivadas del contrato en caso de que, y siempre y cuando, UBG se vea obstaculizada por cualquier circunstancia que, según las leyes, los actos jurídicos o la sociedad, no pueda ser atribuida a UBG.
2. En caso de que UBG o la contraparte no puedan cumplir las obligaciones del acuerdo por causas de fuerza mayor, ambas partes tendrán derecho a disolver el acuerdo inmediatamente.
3.  En caso de que UBG, al inicio de la fuerza mayor, cumpla parcialmente las obligaciones del contrato, o pueda cumplir parcialmente las obligaciones, UBG tendrá derecho a facturar las obligaciones ya cumplidas por separado como un único contrato.
4. En ningún caso se producirán daños causados por fuerza mayor, sin perjuicio de la aplicación del apartado anterior.

ARTÍCULO 12. | SUSPENSIÓN Y RESCISIÓN
1. UBG tiene derecho, cuando las circunstancias lo justifiquen, a ejecutar directamente (total o parcialmente) la suspensión y rescisión del contrato, en caso de que la contraparte no cumpla con sus obligaciones, no cumpla con sus obligaciones a tiempo, no cumpla con todas sus obligaciones, o cuando UBG prevea con motivos fundados que la contraparte no cumplirá con sus obligaciones.
2. En caso de que la contraparte se encuentre en estado de quiebra, se le declare aplicable la Ley de Liquidación de Deudas de Particulares, se haya procedido al embargo de sus bienes o en caso de que la contraparte no pueda disponer de sus activos, UBG tendrá derecho a suspender directamente el contrato, salvo que la contraparte tenga pruebas suficientes de que podrá hacer frente a los pagos.
3. Además, UBG tiene derecho a suspender el contrato si surgen circunstancias que impliquen que las obligaciones no serán cumplidas (completamente) por la contraparte.
4. La contraparte nunca podrá reclamar ningún tipo de indemnización por suspensión y rescisión del acuerdo que esté en relación con este artículo.
5. En la medida de lo posible, la contraparte está obligada a reembolsar los daños y los gastos ocasionados por la suspensión y/o la rescisión del contrato.
6. En caso de que UBG rescinda el acuerdo en virtud del presente artículo, todas las reclamaciones deberán ser abonadas por la contraparte.

ARTÍCULO 13. | PRECIOS Y PAGOS
1. Salvo que se indique explícitamente lo contrario, todos los precios indicados por UBG son sin IVA y sin gastos de envío. Previamente al establecimiento de un acuerdo con el consumidor, se determinarán los precios con IVA y gastos de transporte incluidos.
2. UBG tiene derecho a repercutir a la contraparte los aumentos de precio derivados de factores determinantes de los costes que se hayan producido después del establecimiento del acuerdo, aunque antes de la entrega. A diferencia de la frase anterior, el consumidor tiene derecho a suspender el contrato en caso de que la repercusión se produzca en los 3 meses posteriores al establecimiento del contrato y UBG se niegue a cumplir sus obligaciones iniciales acordadas.
3. Salvo pacto en contrario, la contraparte deberá pagar por adelantado el precio total acordado. En caso de compra por parte de un consumidor, UBG no obligará al consumidor a prepagar más de 50% del precio total acordado.
4. UBG no estará obligada previamente (además) a ejecutar el acuerdo mientras la otra parte se encuentre en mora con el pago del prepago a que se refiere el párrafo anterior.
5. 5. Las operaciones de pago deben efectuarse en el plazo indicado en la factura y por el método prescrito por UBG.
6. UBG tiene derecho a poner a disposición de la contraparte las facturas a pagar en línea (por ejemplo, por correo electrónico).
7. En caso de liquidación, quiebra, aplicabilidad de la condonación de deudas a personas físicas o suspensión de pagos por cuenta de la contraparte, los créditos contra la contraparte vencen inmediatamente.
8. En caso de que la contraparte no pague a tiempo, entrará automáticamente en mora. A partir del día en que se produzca el impago, la contraparte deberá pagar un interés del 1% de la cantidad pendiente por mes. Por lo tanto, una parte del mes se considera como un mes entero. No obstante lo dispuesto en el párrafo anterior, el interés contractual será sustituido por el interés legal, ya que la contraparte actúa en calidad de consumidor.
9. Todos los costes razonables, como los judiciales, extrajudiciales y de ejecución incurridos por negligencia de la contraparte, correrán a cargo de ésta.

ARTÍCULO 14. | RESPONSABILIDAD E INDEMNIZACIÓN
1. Salvo lo dispuesto en los artículos 7 y 8, UBG ya no será responsable de los defectos intencionados o imprudentes de los bienes entregados.
2. La contraparte será responsable de los daños y perjuicios causados por la inexactitud y el carácter incompleto de la información facilitada por las contrapartes, el incumplimiento de las obligaciones de la contraparte derivadas de la ley o del contrato, así como cualquier otra circunstancia no imputable a UBG.
3. UBG no se responsabiliza de los daños causados por los bienes entregados por UBG tampoco si los bienes no han sido utilizados según las instrucciones dadas por UBG o las normas de diligencia debida que el usuario debe tener en cuenta al utilizar bienes que conllevan riesgos especiales.
4. UBG no se responsabiliza en ningún caso de los daños consecuentes, incluidos el lucro cesante, las pérdidas sufridas y las pérdidas debidas a la interrupción de la actividad.
5. La responsabilidad de UBG se limitará como máximo al valor facturado del contrato, o a la parte del valor facturado que pueda corresponder a UBG, y la responsabilidad de UBG se limitará al importe que resulte del seguro de responsabilidad civil de UBG, incluida cualquier franquicia de dicho seguro.
6.  El plazo de prescripción de todas las reclamaciones contra UBG será de un año. No obstante lo dispuesto en la frase anterior, las reclamaciones de los consumidores basadas en hechos que justifiquen que una compra de consumo no se ajusta a lo acordado prescriben a los dos años. El derecho a presentar una reclamación o una defensa en relación con la existencia de daños de una compra de consumo prescribe en un plazo de dos meses a partir del momento en que el consumidor haya constatado el defecto en esta materia ante UBG.
7. Salvo en caso de imprudencia temeraria por parte de UBG, la contraparte tiene derecho a preservar a UBG de cualquier reclamación de terceros, por cualquier motivo, relativa a la indemnización por daños y perjuicios, costes o intereses, relacionados con la ejecución del contrato por parte de UBG, o la utilización de los bienes suministrados por UBG.
8. En el caso de una compra por parte de un consumidor, las restricciones contenidas en el presente artículo no excederán de las permitidas en virtud del artículo 7:24, apartado 2, del Código Civil neerlandés.

ARTÍCULO 15. | OBLIGACIONES ESPECIALES DE LOS REVENDEDORES
1. El revendedor no tiene derecho a ofrecer productos a través de plataformas/tiendas web que estén siendo explotadas por terceros, incluidos, entre otros, bol.com y Amazon sin el permiso por escrito de UBG.
2. En caso de que los productos a entregar por UBG estén destinados a la reventa por la contraparte, la reventa a los consumidores finales se realiza por cuenta y riesgo de la contraparte.
3. Cualquier colaboración entre revendedores y UBG no es, salvo acuerdo en contrario, nunca exclusiva. UBG tiene derecho a ofrecer sus productos a otros revendedores sin limitación geográfica alguna.
4. UBG garantiza a la contraparte que las mercancías son de una calidad razonable y decente. La contraparte que actúa como revendedor es responsable de sus obligaciones legales hacia los consumidores finales, como la garantía del revendedor hacia los consumidores.
5. UBG concede al revendedor el derecho a utilizar las marcas de UBG, pero únicamente en la medida y durante el tiempo en que se tenga en cuenta el ámbito de aplicación del acuerdo con las eventuales indicaciones dadas por UBG en relación con la utilización. Para la utilización de las marcas de UBG distintas de las mencionadas en la frase anterior, se requiere expresamente la autorización previa de UBG.
6. La contraparte no podrá realizar actos que infrinjan el nombre comercial, la marca u otros derechos de propiedad intelectual de UBG.
7. La contraparte está obligada a utilizar la marca utilizada por UBG. 8. La contraparte no podrá, salvo autorización por escrito de UBG, eliminar o sustituir ninguna marca de las mercancías.

ARTÍCULO 16. | RETENCIÓN DE LA TITULARIDAD
1. Todos los bienes entregados por UBG seguirán siendo propiedad de UBG hasta que la contraparte haya cumplido razonablemente todas las obligaciones del contrato.
2. La entidad de contrapartida no podrá vender, pignorar ni oponer objeción alguna sobre los productos sujetos a reserva de dominio.
3. Si terceros se apoderan de los productos sobre los que recae la reserva de dominio, o desean establecer o hacer valer derechos sobre los mismos, la otra parte está obligada a informar lo antes posible.
4. La contraparte da su consentimiento incondicional a UBG o a terceros designados por UBG para acceder a los lugares donde se encuentran los bienes sobre los que recae la reserva de dominio.
5. Si la contraparte, después de que UBG le haya entregado los bienes vendidos, ha cumplido con sus obligaciones, la retención de la titularidad respecto a estos bienes se mantendrá si la contraparte incumple sus obligaciones en virtud de un acuerdo posterior.

ARTÍCULO 17. | PROPIEDAD INTELECTUAL
UBG se reserva todos los derechos de propiedad intelectual e industrial con respecto a los productos y sus diseños, así como las marcas que se le hayan atribuido y las imágenes que se muestren en los sitios web de UBG. La contraparte no tiene derecho a copiar, reproducir o publicar estos bienes con medios diferentes a los que el acuerdo inicial ha implicado.

ARTÍCULO 18. | POLÍTICA GENERAL DE RECLAMACIONES
1. Las reclamaciones relativas a la ejecución del contrato deberán presentarse, sin perjuicio de lo dispuesto en las restantes condiciones generales, en un plazo competente a partir del momento en que la contraparte haya descubierto los fallos, completa y claramente descritos, por escrito a UBG.
2. Las reclamaciones presentadas a UBG serán contestadas en un plazo de 14 días a partir de su recepción. En caso de que una reclamación requiera más tiempo, deberá responderse con un acuse de recibo y una indicación de cuándo puede esperar respuesta la contraparte.

ARTÍCULO 19. | DISPOSICIONES FINALES
1. Todo acuerdo y toda relación jurídica entre las partes están sujetos al Derecho neerlandés.
2. Las partes no recurrirán al juez a menos que realicen un esfuerzo óptimo para resolver conjuntamente el litigio.
3. En la medida en que la ley no establezca ninguna diferencia vinculante, sólo los poderes de la circunscripción del lugar de establecimiento de UBG serán designados para conocer de los litigios judiciales.
4. La versión neerlandesa de las condiciones generales vigentes es la que conduce a la explicación de las cláusulas incluidas en el documento.